lunes, julio 23, 2007

OPINION

EL PROVINCIALISMO BERCIANO
Xabier Lago Mestre, Pte. Fala Ceibe do Bierzo
Cada vez que se demanda la creación de la Comunidad Autónoma de León renace en El Bierzo la reclamación provincialista. Las últimas insinuaciones provincialistas fueron las del Presidente del Consejo berciano y las del secretario de la comarcal socialista, pero en 2004 fue el propio alcalde de Ponferrada, siempre acompañados por las reivindicaciones autonomistas de los partidos bercianistas. Manifestaciones políticas que son la expresión de un sentimiento provincialista que sigue vivo entre la ciudadanía berciana. Esta peculiar aspiración colectiva posee más valor cuando todos sabemos de la gran dificultad legal que tiene su consecución práctica. La Constitución española determina que sólo se podrá aprobar una nueva provincia mediante ley orgánica por las Cortes Generales.

La dinámica autonomista de las últimas décadas ha ofrecido escasos frutos a El Bierzo. El Consejo comarcal resulta insuficiente para satisfacer los deseos colectivos, pues tanto la Junta de Castilla y León como la Diputación provincial han descentralizado lo mínimo posible. Razón por la cual la pretérita provincia de Villafranca del Bierzo sigue siendo un referente válido como horizonte de autonomía territorial. El Bierzo tiene sobrados méritos para recuperar su institución provincial. En este sentido recordamos las palabras del profesor Jesús Burgueño (1996) al respecto, "sólo existen cuatro áreas funcionales cuya cohesión, superficie y población permitirían su constitución como provincias: Ponferrada (El Bierzo) (...)".

Lo cierto es que los historiadores constatamos la existencia de la provincia de El Bierzo mucho antes de lo que se piensa. Así en un documento del monasterio gallego de Samos ya encontramos la expresión "in provincia Bergido" (año 973), en esos siglos también aparece "in provincia Gallecie". Nuevas referencias a la provincia de El Bierzo resurgen a fines del siglo XV. Tras la compra de Ponferrada por los Reyes Católicos (1486) nuestra provincia aparece vinculada claramente al corregidor de esta villa. La denominación provincial se conserva como tal a lo largo de toda la Edad moderna ( siglos XVI al XVIII). En la documentación histórica de los pueblos bercianos encontramos continuas referencias a su situación en "la provincia de El Bierzo, reino de León y obispado de Astorga (...)". La denominación provincial prima sobre cualquier otra -la comarca o la tierra- para identificar el territorio berciano en su totalidad.

Durante la Edad moderna había dos territorios vecinos, las provincias de León y El Bierzo. Sin embargo, estos dos espacios claramente diferenciados no son independientes. La provincia de El Bierzo dependía fiscalmente de León, cabeza del reino, al igual que también el llamado principado de Asturias. La capital leonesa tenía la única representación en Cortes castellanas de los tres dichos territorios, y por lo tanto el privilegio de negociar directamente las exacciones a pagar por los leoneses, los asturianos y los bercianos. La distinción fiscal de los tres territorios permitió la elaboración y la conservación de una contabilidad real diferenciada.

El centralismo fiscal de las ciudades con voto en Cortes castellanas, en el siglo XVII, tiende a ejercer un mayor control sobre sus territorios dependientes. Hecho que se concreta en la progresiva acaparación del término provincia para León, quedando para El Bierzo la identificación con el partido de Ponferrada, por ser la villa receptora de los impuestos reales en la zona.

La provincia de El Bierzo alcanza su mayor desarrollo con la de Villafranca del Bierzo, por Decreto de 27 de enero de 1822. La provincia del Antiguo régimen se diferencia claramente de la del Trienio liberal, como no podía ser de otra forma por pertenecer a regímenes políticos tan distintos. La provincia constitucional sirve a los intereses gubernamentales del uniformismo y del centralismo administrativo. De ahí que las nuevas provincias del siglo XIX tuviesen una Diputación controlada por un Jefe político nombrado por el Gobierno central. La pretérita provincia de la Edad Moderna no tenía este órgano de gobierno específico, siendo el corregidor su máximo representante.

Conviene recordar que la provincia de Villafranca del Bierzo tiene sus antecedentes en la provincia de El Bierzo, la cual permanece a lo largo de toda la Edad Moderna. Esta provincia de El Bierzo se puede catalogar de institución jurídica en sentido amplio. Su continuidad secular le confiere la estabilidad, y de su existencia derivan actuaciones gubernativas que originan derechos y obligaciones, de tipo fiscal, judicial y administrativo, a sus habitantes. La institución provincial del Antiguo régimen es una estructura formal del poder, la Corona castellana.

El centralismo liberal finalmente suprimió la provincia de Villafranca del Bierzo. La reforma provisional de Javier de Burgos acabó siendo definitiva, a pesar de no contar con el acuerdo de las Cortes Generales. Pero los bercianos no se dieron por vencidos, siguieron demandando la recuperación de su provincia a lo largo del siglo XIX. La reivindicación comandada por las poblaciones de Villafranca y Ponferrada estuvo muy presente en el Parlamento a través de sus respectivos diputados. Numerosos proyectos provincialistas de la época tuvieron la sensibilidad debida con nuestras demandas, casos de los de Madoz, Caballero y Mallada. Pero los debates provincialistas fueron en parte superados por los planteamientos regionalistas, y posteriormente nacionalistas, fomentados por Catalunya, Euskadi y Galiza que buscaban alternativas a la ordenación territorial del Estado. Aún así El Bierzo no fue ajeno a los debates regionalistas de Galiza de la mano de las propuestas de Picavea, y en las primeras décadas del siglo XX con Cereceda o Castelao.

Ponferrada, julio de 2007.
http://obierzoceibe.blogspot.com
falaceibe@yahoo.es
OPINION
El secuestro de «El Jueves»
Lne.es » LORENZO BERNALDO .
El secuestro de la revista satírico-humorística «El Jueves» constituye un injustificable ejercicio de arbitrariedad, una actuación más propia del Antiguo Régimen que de una sociedad democrática. La portada, con una caricatura de los Príncipes de Asturias en pose sexual, quizá pecaba de grosera, resultaba obscena y hería la sensibilidad de los afectados. Ahora bien, todos esos calificativos podrían aplicarse a las informaciones y comentarios vertidos todos los días en numerosos programas de televisión, de radio, en las revistas del «hígado», etcétera, que, sin embargo, no son censurados ni secuestrados ni están obligados a indemnizar por los daños ocasionados a sus víctimas, salvo que, por iniciativa de la parte o partes ofendidas, un juez así lo decida. En el caso de «El Jueves», el juez ha actuado de oficio (se presume) y ha censurado una publicación porque le ha dado la gana, es decir, en el más puro estilo franquista.
En el caso «El Jueves», lo más importante no es el ataque realizado por el buen juez Del Olmo a la libertad de expresión. Sin duda es lamentable y un peligroso precedente que un magistrado decida «por sus santos» que una información es ofensiva para alguien y decida eliminarla. Esto constituye un abuso de poder y una expresión de discrecionalidad inaceptable. Sin embargo, el caso que nos ocupa tiene mucho más que ver con otro principio, el de igualdad ante la ley, el de la consideración de que, en palabras de Spencer, «el cargo no santifica a quien lo ocupa» y, por tanto, no puede ser fuente alguna de privilegios.
En un Estado de derecho, todos los ciudadanos son iguales ante la ley y a ella están sometidas todas las instituciones y todos los poderes públicos. A pesar de su elevado estatus, don Felipe y doña Letizia no tienen más ni menos derechos que el resto de los españolitos y han de exigir su satisfacción y/o reparación a través de los cauces propios de una sociedad en donde rige el imperio de la ley. Si han considerado lesionados sus derechos legítimos por «El Jueves», lo correcto hubiese sido bien plantear una demanda ante los tribunales para que la revista no saliese a la luz y/o fuese retirada de los quioscos, bien exigir una indemnización por daños y perjuicios, si eso no hubiese sucedido. De lo contrario, la callada por respuesta es la actitud más digna y, desde luego, la más inteligente. La «valiente» actuación y el celo monárquico del juez Del Olmo presta un mal servicio a los Príncipes de Asturias. Levanta la sospecha de que la «longa manus» de la Zarzuela ha llamado a la puerta del servicial magistrado para que ejecute su singular mandato. Durante años, los medios de comunicación españoles han tratado con una exquisitez extraordinaria todo lo relacionado con la Casa Real. Se ha extendido un manto de silencio sobre todo lo que podía ser perjudicial para la real familia y se ha magnificado todo lo que era bueno para su imagen. Guste o no, esta situación no sólo no va a durar siempre, sino que ya ha terminado y vivimos sus últimos coletazos.